¿Tienes empleados bajo el régimen de convenio colectivo de empleados de comercio?

A partir del 01/11/2021.

Debes pagar a tus empleados $858.468.

Eso solo por el decreto 130/75 Art 97 (sin tener en cuenta otras disposiciones).

En caso de fallecimiento o invalidez total y/o permanente de alguno de tus empleados, ya sea en situación de estar cumpliendo tareas laborales o no.

Mejor asegúrate.

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