¿Tienes empleados bajo el régimen de convenio colectivo de empleados de comercio?
A partir del 01/11/2021.
Debes pagar a tus empleados $858.468.
Eso solo por el decreto 130/75 Art 97 (sin tener en cuenta otras disposiciones).
En caso de fallecimiento o invalidez total y/o permanente de alguno de tus empleados, ya sea en situación de estar cumpliendo tareas laborales o no.
Mejor asegúrate.
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