En el supuesto caso que:

Circulando un camión con un acoplado este último te ocasiona un daño…

¿A qué compañía reclamo?

1-Si tienen ambos (camión y acoplado) la misma compañía, no hay inconveniente, se reclama el 100% del siniestro a la compañía que asegura ambas unidades.

2-Si tienen diferentes compañías se reclama:

80% a la compañía del camión que tira el acoplado

20% a la compañía del acoplado.

¿Lo sabías?

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