En el supuesto caso que:
Circulando un camión con un acoplado este último te ocasiona un daño…
¿A qué compañía reclamo?
1-Si tienen ambos (camión y acoplado) la misma compañía, no hay inconveniente, se reclama el 100% del siniestro a la compañía que asegura ambas unidades.
2-Si tienen diferentes compañías se reclama:
80% a la compañía del camión que tira el acoplado
20% a la compañía del acoplado.
¿Lo sabías?