El Ministerio de Trabajo dispuso que la suma fija a abonar por cada trabajador juntamente con la alícuota, establecida en el artículo 5° del Decreto N° 590/97, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), será de un valor de pesos cuarenta ($ 45,07-) con vigencia a partir de la cobertura de Septiembre 2021 (DDJJ F.931 8/2021).

La medida impulsada por el Ministerio a través de la Resolución 467/2021 se da con el objetivo de dotar de recursos suficientes el mentado Fondo con el fin de garantizar adecuadamente el financiamiento excepcional de la cobertura de los trabajadores alcanzados por supuestos establecidos en los mencionados Decretos relacionado con la enfermedad COVID-19.

Por este motivo, según el Organismo, corresponde adecuar el monto de la suma fija a abonar por cada trabajador juntamente con la alícuota, establecido en el artículo 5° del Decreto N° 590/97, a un valor acorde a las particulares circunstancias descriptas precedentemente, que han derivado en una dinámica de imputación de costos prestacionales diferente respecto de aquella bajo la cual fuera concebido el Fondo Fiduciario para Enfermedades Profesionales.

Recordamos que, hasta el momento, la suma fija por cada trabajador seguía en un valor mínimo de $ 40,00.-.

Espero esta información haya sido de tu utilidad.

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