YA ES OFICIAL EL AUMENTO EN LOS LÍMITES ASEGURADOS DE LA RC AUTOMOTOR
Hoy se publicó el Boletín Oficial del día de la fecha, que contiene la Resolución SSN 268/2021, firmada el pasado martes 16, que establece los nuevos límites para la RC Automotor que podrán utilizarse a partir del 1° de abril próximo:
- PESOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($17.500.000.-) Para las siguientes categorías de vehículos:
1.1. Automóviles y Camionetas
1.2. Vehículos Remolcados
1.3. Autos de alquiler sin chofer.
1.4. Motovehículos y Bicicletas con motor.
1.5. Casas Rodantes. - PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($38.500.000.-) para las siguientes categorías de vehículos:
2.1. Taxis y Remises.
2.2. Maquinarias Rurales y Viales.
2.3.Camiones y Semitracciones.
2.4. Acoplados y Semirremolques.
2.5. Servicios de Urgencias.
2.6. Fuerzas de Seguridad.
2.7. M1: vehículo para transporte de pasajeros, que no contenga más de OCHO (8) asientos además del asiento del conductor y que cargado no exceda de un peso máximo de TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 kg.). - PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES ($58.000.000.-) para las siguientes categorías de vehículos:
3.1. M2: vehículo para transporte de pasajeros con más de OCHO (8) asientos excluyendo el asiento del conductor, y que no exceda el peso máximo de CINCO MIL KILOGRAMOS (5.000 kg.).
3.2. M3: vehículos para transporte de pasajeros con más de OCHO (8) asientos excluyendo el asiento del conductor, y que tenga un peso mayor a los CINCO MIL KILOGRAMOS (5.000 kg.).
ARTÍCULO 5°.- Autorízase a las entidades aseguradoras, a partir del 1 de abril de 2021, a celebrar contratos de Seguro de Responsabilidad Civil para Vehículos intervinientes en un servicio convenido por intermedio de una Plataforma Tecnológica con el límite obligatorio, único y uniforme de cobertura por acontecimiento de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($38.500.000.-).
Para el caso del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil (Art. 68 – Ley 24.449), los nuevos límites serán:
- Obligación Legal Autónoma
Se cubre la Obligación Legal Autónoma por los siguientes conceptos:
- Gastos Sanatoriales por persona hasta PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.-).
- Gastos de Sepelios por persona hasta PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000.-).
- Límite de Responsabilidad
a) Se cubre la responsabilidad en que se incurra por el vehículo automotor objeto del Seguro, por los daños y con los límites que se indican a continuación:
- Muerte o incapacidad total y permanente por persona PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($1.750.000.-).
- Incapacidad parcial y permanente por la suma que resulte de aplicar el porcentaje de incapacidad padecida sobre el monto previsto para el caso de muerte o incapacidad total y permanente. Dicha incapacidad parcial y permanente se sujetará al Baremo que figura en el cuadro de la Cláusula 9.
- Un límite por acontecimiento en caso de producirse pluralidad de reclamos igual al doble del previsto para el caso de muerte o incapacidad total y permanente.
El lector puede acceder al texto completo de la Resolución y sus anexos en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/242001/20210318